VISA DE SOLVENCIA ECONÓMICA PROPIA


Los extranjeros que están interesados en comprar propiedades en Panamá, pero que aun no llenan los requisitos para obtener una Visa de Turista Pensionado, el gobierno ofrece la opción de obtener una Visa de Solvencia Económica Propia. Esta visa aplica para extranjeros que han comprado en nombre propio propiedades en la República de Panamá, y que demuestren que poseen solvencia económica propia para mantenerse en Panamá (salarios, regalías, ingresos de alquileres, intereses, etc).
 
El extranjero inversionista debe cumplir con una de las tres (3) alternativas abajo indicadas:
 
a.Mostrar evidencia de tener un depósito a plazo fijo con un banco local por el valor mínimo de US$200,000 con una duración mínima de dos (2) años; o

b.Mostrar evidencia de haber comprador una propiedad a nombre propio en la República de Panamá por el valor mínimo de US$200,000 y mostrar evidencia de que posee solvencia económica suficiente para mantenerse; o

c.Mostrar evidencia de haber comprador una propiedad en nombre propio en la República de Panamá por el monto mínimo de US$80,000.00, y de tener un depósito a plazo fijo en un banco local por la duración mínima de dos (2) años por el valor mínimo de US$120,000 y demostrar solvencia económica propia para mantenerse en Panamá.

Otros requisitos:
 
1.  Certificado médico de buena salud, expedido dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de presentación. El certificado debe tener la firma y sello del médico local.
 
2.  Record policivo del país donde haya tenido residencia en los dos últimos años. Este  documento debe venir legalizado por Apostilla o Consulado de Panamá en el país de expedición;
 
3. Pasaporte con una validez mínima de seis (6) meses previos a la fecha de presentación;
 
4.  Cuatro (4) fotografías tamaño pasaporte;

5.  Poder al abogado (nosotros suministramos el modelo);

6. Declaración jurada de antecedentes personales (nosotros suministramos el formulario).

Al momento de la presentación de la solicitud, usted debe acompañarnos ya que debe ser registrado personalmente en la Dirección de Migración, y deberá completar y firmar un formulario de registro.
 
Cuando la visa es aprobada, la Dirección de Migración le otorgará un carné de Residencia Provisional de un (1) año, cumplido el año le será otorgado una Residencia Permanente bajo esta visa. Después de dos (2) años usted podrá aplicar para obtener la cédula.

Los dependientes (esposa y/o hijos*) del solicitante principal también podrán aplicar a la misma vez y deberán cumplir con los requisitos 1 al 6 arriba indicados. El solicitante principal deberá demostrar un ingreso adicional de US$75.00 por cada dependiente.

(*algunas restricciones aplican)